Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la apelación interpuesta, por el abogado MANZUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.000, actuando como apoderado judicial de la ciudadana: PETRA ANTONIA LUGO LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.928.454, quien actúa como legítima concubina del (fallecido) RAMON ALFREDO ALVAREZ MUÑOZ, actuando en nombre y representación de sus cuatro hijos de nombre: se omite la identificación de los niños de conformidad con Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, contra la sentencia proferida en fecha 27 de Octubre del 2008, por el Tribunal unipersonal Nº 01, de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial Segundo: En c.....