Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 1 Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, el petitorio de la Fiscal, y en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO del hoy occiso (IDENTIDAD OMITIDA) , por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el articulo 407 del Código Penal Vigente para el momento de suscitarse los hechos, en agravio del Ciudadano RONNY JOSE DECEDA SIFONTES, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 Numeral 3° en relación con el articulo 48 Numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal aplicados por remisión expresa del articulo 537 en su único aparte de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente y 561 literal d) Ejusdem. Notifíquese a las Partes. Remítase al archivo judicial en la oportunidad legal, para su cuido.....