En virtud de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA, para conocer de la presente acción de amparo, en favor de la SALA ELECTORAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Líbrese oficio de remisión, fóliese el expediente y asegúrense sus recaudos