En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de DIVORCIO 185-A, por el ciudadano ANGEL RAFAEL COTUA CUPAMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.765.471, respectivamente, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio, MARISAMIL MALAVE inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 132.195, en contra de la ciudadana MARISOL MENDEZ MARTÌNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.061.816, donde se encuentra involucrada la niña MARIANGELA CAROLINA COTUA MENDEZ, actualmente de siete (07) años de edad. Así se decide.-