Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISBLE, la tacha propuesta por la ciudadana INGRID DEL CARMEN PEREZ, en su carácter de autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 341, 443 del Código de Procedimiento Civil en concordancia 1.381 del Código Civil y así se decide.-