DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos FELIX MANUEL FAJARDO y ADELFO RAMON RONDON, titulares de la Cédula de identidad Nº 16.064.812 y 12.503.214 respectivamente, contra la entidad de trabajo VIGILANTES LAUREL, C.A, por motivo del COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS. SEGUNDO: Se condena a la demandada sociedad mercantil entidad de trabajo VIGILANTES LAUREL, C.A a pagar a los codemandantes ciudadanos FELIX MANUEL FAJARDO y ADELFO RAMON RONDON, antes identificados las cantidades dinerarias determinadas y estimadas en la parte motiva del presente fallo, mas la sumas que se causen por efectos del cálculo de intereses de mora y la indexación o corrección monetar.....