Se dicto auto mediante el cual se NEGÓ la admisión del Recurso de Casación anunciado en fecha 18 de enero del año 2007, por el apoderado judicial de la empresa PETROLERA ZUATA PETROZUATA C.A., abogado JOSE HUMBERTO ARISTIMUÑO MONROY, en contra de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13 de diciembre del año 2006.