Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA EJECUCION DE LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA, consistente en el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, a favor el ciudadano hoy occiso IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el Ordinal 1° del artículo 219 del Código Penal Venezolano, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de los funcionarios RAMON BASTARDO y CLAUDIO TREMARIA; y en consecuencia se Ordena la Remisión al Archivo judicial, de la presente causa, en la oportunidad legal correspondiente, por cuanto en la misma, no hay medida sancionatoria alguna que cuidar ni vigilar. De conformidad con los artículos 646 y 647, ambos de la.....