Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la ley, declara: CON LUGAR la demanda de divorcio contencioso, incoada por el ciudadano: MARIA E LOS ANGELES GONZALEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.323.114, domiciliada en la avenida España al lado de la estación de servicio Guanipa (PDV), local Nº: 04, Escritorio Jurídico MMRL, El Tigre, estado Anzoátegui, debidamente representada por sus apoderadas judiciales ciudadanas: MARIA JOSE SEEBER BACCARO y MIRIANN TIRADO, inscritas en el inpreabogado bajo los Nos 144.052 y 91.613, respectivamente; en contra el ciudadano ROMULO ARTURO ANSELMI AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.....