Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarada PERECIDO, el recurso de apelación presentado por el ciudadano CARLOS MANUEL PEDROZA ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.224.898, inscrito en el IPSA bajo el N° 38.946 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSE ESPINOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.416.836 y de este domicilio, contra la sentencia interlocutoria de fecha veinticinco (25) de Enero del año 2013, dictada por Tribunal de Primero Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado.....