Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA INADMISIBLE la presente Solicitud de INSPECCION JUDICIAL, JULIO CESAR ZAMORA VERDE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-14.133.227, actuando con su carácter de Presidente de la Compañía INVERSIONES, SERVICIOS y MANTENIMIENTO FRANSUATH, C.A., autenticada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 26/01/2005, inserta en los Libros de Registro Tomo 1 A, No. 67, debidamente asistido por el ciudadano ABG. HENRY JOSE MATA MATA, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 122.695, con domicilio procesal en la 2da carrera Sur, Edificio Por Fin, Apto 4-B del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui; por no est.....