En consecuencia a lo antes expuestos, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio, considera que en el presente caso se encuentra satisfecho el cumplimiento de las condiciones impuestas y el plazo de la suspensión condicional del proceso acordado en favor del acusado JOSE ANGEL SANVICENTE GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 15.572.365, surgiendo así una causa de extinción de la acción penal, conforme a lo previsto en el artículo 48 ordinal 7, en relación con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en justa concordancia con el artículo 322 Ejusdem, a favor del ciudadano JOSE ANGEL SANVICENTE GARCIA, por la comisión del delito AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA DE JESUS QUERO GARCIA. De igual manera se acuerda ofic.....