Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en el presente Amparo Constitucional, interpuesto por los ciudadanos ANTONIO ALDAZORO DELEPIANI Y DULCE AVILA DE FERMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-79.1000 y V-3.764.936, respectivamente.