En consecuencia, este Tribunal la ADMITE por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena la citación de la ciudadana IRAIMA JOEFINA MACADAN, arriba identificada para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en el horario comprendido de ocho y treinta (8:30am) de la mañana hasta las tres y treinta (3:30pm) de la tarde, a fin de que dé contestación a la presente Demanda. Asimismo se ordena la notificación del ciudadano RAMON JOSÉ CHACIN TORRES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.911.862, domiciliado en el Caserío la Caleria calle Principal s/n, cerca de la Escuela, Vía El Pilar, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al te.....