Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados: XAVIER JOSE MARIN MARTINEZ, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.732.813, nacido en fecha: 03-01-1985, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Soldador, hijo de WILFREDO MARIN y ZURIMA MARTINEZ, residenciado en: Avenida PRINCIPAL DEL BARRIO EL PARAISO, CASA N° 10-2, PUERTO LA CRUZ, EUFRANKILN JAVIER RUIZ HERNANDEZ, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.409.871, nacido en fecha: 01-04-1985, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de FREDDY RIUZ y MAGALY HERNANDEZ, residenciado en: Urbanización Bello Mar, Casa N° 10, Calle 01, Sector el Paraíso, Puerto la Cruz, Estado Anzoá.....