Se declaró CON LUGAR el recurso de apelación propuesto en fecha 20 de junio del año 2006, por el ciudadano FRANKLIN CERMEÑO, asistido de abogado, en contra de la decisión dictada por el a quo en fecha 30 de mayo del año 2006, y en consecuencia de ello: PRIMERO: Se declara CON LUGAR Las cuestiones previas propuestas en el presente asunto antes indicadas.- SEGUNDO: Se ANULA la decisión recurrida de fecha 30 de mayo del año 2.006.- TERCERO: Se Declara INADMISIBLE la demanda propuesta por partición de comunidad concubinaria.