Y por cuanto el Tribunal observa que la parte demandada tiene su domicilio en Lechería, municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, razón por la cual DECLINA LA COMPETENCIA EN RAZÓN DEL TERRITORIO y ordena remitir el presente expediente al Juzgado del Municipio Diego Bautista Urbaneja de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes.- Cúmplase.
El Juez Suplente Especial,
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ GARCIA.
El Secretario Acc.,
CARLOS EDUARDO PERDOMO.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente. Conste.
El Secretario Acc.,