Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la apelación interpuesta por la abogada BERENICE BRAVO DE GARBAN, en contra de la decisión dictada por el juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 23 de abril de 2007, que negó la medida de embargo preventivo, solicitada por la parte actora, cuya decisión cursa en el Cuaderno de Medidas , con ocasión del juicio por COBRO DE BOLIVARES, seguido por su poderdante, la empresa RIDOLIN, C.A., contra la empresa AGENTES INTERNACIONALES, C.A. (AICA), ambas partes suficientemente identificadas de autos.
En consecuencia, se confirma la sentencia apelada.
Conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.