Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por el demandado de autos en fecha 20 de abril del año dos mil siete (2.007), contra el auto dictado por el a quo en fecha 16 de abril del presente año, revocandose parcialmente la decisión apelada, solo en lo que respecta a la medida de secuestro acordada, y se Suspendió la medida de Secuestro decretada por el a quo sobre el inmueble objeto de la presente acción.