Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA LIBERTAD de los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, y IDENTIDAD OMITIDA, POR CUMPLIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE FIANZA PERSONAL. Notifíquese de la Presente Resolución; una vez impuesto de la misma los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, queda en libertad. En consecuencia se ordena el traslado del mencionado adolescente a este Despacho, para el día de hoy. Ofíciese y Provéase lo conducente. Cúmplase.-