Este Tribunal Segundo Ejecutor ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SECUESTRADO un (1) inmueble constituido por un (1) local comercial, ubicado en la calle Carabobo, identificado con el Nº 5-127, donde funciona el Laboratorio AMLILAB, Barcelona, Estado Anzoátegui, designa Depositario Judicial del mismo y lo pone en posesión de su propietario ciudadano JOSÉ ANTONIO ALVAREZ OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.898.575, a través de la persona de su apoderado judicial abogado JOSE OTERO GUZMAN, libre de persona de los bienes propiedad de la parte demandada, para su guarda y custodia como un buen padre de familia hasta tanto el Tribunal de la causa decida lo conducente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En este estado interviene el ciudadano, abogado JOSÉ DE JESÚS OTERO GÚZMAN, antes identificado, y expone: "En nombre y repr.....