Se dictó sentencia definitiva Nº 01, en la cual se declaró CON LUGAR, el presente Recurso de Acción de Amparo Tributario, y se ordeno otorgar el Certificado de Solvencia Municipal requerido por la contribuyente EDIFICACIONES ÁGUILA, C.A., para lo cual se le concede un lapso de tres (03) días hábiles a la Alcaldía del Municipio Turístico el Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, a los fines de que expida el certificado de solvencia requerido por la contribuyente antes mencionada.