En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA IMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA a la ciudadana GILDA MARIA ALCALA GOMEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.236.125, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04/10/1983, de 23 años de edad, soltera, Estudiante, hija de Adelaida Méndez (v), residenciada en: Calle Principal de Valle Verde, Casa N° 51-52, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la época de la comisión de los hechos, de fecha 09/10/2006, la cual riela a los folios ciento setenta y seis (176) al ciento noventa (190), Pieza N° 03 de la presente causa.
Líbrese oficio al Jefe de la.....