Éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decretó: PRIMERO: Declaró CULPABLE Y CONDENA a los acusados WILMER RAFAEL GONZALEZ NORIEGA, venezolano, titular de la cédula de identidad I25.207.928, estado civil Soltero, profesión u oficio obrero, nacido el 08/05/1991, edad: 25 años, nombre de su padre Cipriano Antonio González y Eneida Noriega, ambos vivos, domiciliado en Vía San Diego, el Rincón, Sector Las Piedras, Calle Principal, casa N° 36, frente a una bodega, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui., por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 286 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el artículo 15 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ciudadano MARCANO SUAREZ BENICIO.....