Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: LA CESACION de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, que por el lapso de DOS (02) AÑOS fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, en sentencia de fecha 30 de Noviembre del año 2004, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, en función de Juicio, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 460 del Código Penal, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en agravio de los ciudadanos RONAL LAFONT y NELSON EVANS, y se ORDENA SU LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 literal "h", todos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adol.....