Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra del acusado JONATHAN ANTONIO LOPEZ RODRIGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18.298.988, por la comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTOR, previstos y sancionados en los artículos 405, en relación con el articulo 83 ambos del Código Penal, en concordancia con los artículos 216, 217 y 218 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del hoy occiso JOSE LUIS PERFECTO ESCALONA; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 01-03-2.012, A LAS 09:00 DE LA MAÑAN.....