Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por la ciudadana YRENES MARIA AREVALO, contra del ciudadano RAMON FILOMENO FIGUERA AREVALO, plenamente identificada en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por la ciudadana YRENES MARIA AREVALO, titular d la Cédula de Identidad N° 9.818.853 asistida por el Abogado Dr. Jesús Rafael Figueredo en contra del ciudadano RAMON FILOMENO FIGUERA AREVALO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.831.388, ambos domiciliados en la ciudad de Anaco Estado Anzoátegui respectivamente, en fecha 16 de Abril del año Mil Novecientos Setenta y Nueve (16 -04.979), contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registro Civil del Municipio Sir Gregory Y Mac Gregor, Estado Anzoátegui, para el año 1.979, queda inserta en Acta N° 14, Folios N° 40,41,42, Tomo . Publíquese, Regístrese y dé.....