En fuerza de las antecedentes consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, suspende los efectos del acto administrativo dictado por la Inspectora del Trabajo en el Estado Anzoátegui en fecha 31 de enero de 2006, mediante el cual inscribió bajo el N° 864, folio 242 del Libro N° 4, al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA OPERADORA CERRO NEGRO (SINTRACENE). En consecuencia, se ordena a la Inspectoría del Trabajo en el Estado Anzoátegui abstenerse de tramitar o suspender la tramitación ?de haberse iniciado- de cualquier reclamo o pliego de peticiones con carácter conciliatorio o conflictivo, o cualquier proyecto de contratación colectiva presentado o que presente el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Cerro Negro (SINTRACENE), ello mientras dure la causa de nulidad de la providencia de inscr.....