Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con lugar la apelación interpuesta por la abogada DEANNA MARRERO OCHOA, actuando en su carácter de apoderada judicial del demandado de autos, ciudadano JOSE AQUILINO DE LOS SANTOS, en contra de la sentencia proferida en fecha 09 de enero de 2007, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 2, con ocasión del juicio por Divorcio, seguido en contra del demandado apelante por la ciudadana YNAILU DEL VALLE PIEVE AZUAJE, la cual se modifica, solo en cuanto a que la Obligación Alimentaria se fija en un 33% del ingreso integral mensual que devenga el obligado, José Aquilino De Los Santos, la cual será aumentada en tanto aumenten los ingresos del demandado. De igual manera, la retención de las treinta y seis ( 36) futuras obligaciones alimentarias, decretadas por el a-quo en.....