de conformidad con el numeral 2º del artículo 89 de la Constitución del República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 Y 11 del Reglamento y 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, dándole el carácter de Cosa Juzgada. Se deja constancia que por acta de fecha 20 de Marzo del 2007, se hizo entrega del Cheque Nº 89795008, de la Cuenta Corriente Nº 0105-0069-91-1069336726, contra en Banco Mercantil, por la cantidad de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 5.256.355,65), a nombre del trabajador, .....