Por las razones de hecho y derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Juicio Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CULPABLE al ciudadano ORLANDO ITRIAGO TREBOL, Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, en donde nació en fecha 04/10/1965, titular de la cédula de identidad N° 10.821.907, de 41 años de edad, estado civil Casado, de profesión u oficio Albañil, hijo de RAFAEL ITRIAGO (V) y ANA MARCEDES TREBOL (D), residenciado en la Calle Portugal Arriba, Avenida Raúl Leoni, Casa N° 4-47, cerca de la farmacia Cajigal, Barcelona. Estado Anzoátegui, por considerarlo autor y responsable de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el .....