En consecuencia a lo antes expuesto, el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, decreta:
Primero: Se SUSPENDEN los efectos del acto administrativo contenido en la en la Resolución Nº 071-2009, de fecha 7 de Abril de 2009, por medio del cual el Alcalde del Municipio Turístico El Morro, Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui resuelve ordenar a la Dirección de Planificación Urbana, y a la Dirección de Catastro abstenerse de emitir Constancias, Certificados, Solvencias o Permisos sobre la unidad vendible identificada con el Código Catastral Nº 03-21-01-UR-10-27-05-01-01-07 hasta tanto se resuelva el presente Recurso de Nulidad.