Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la demandada TBC BRINADD VENEZUELA, C.A., de conformidad con el artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, hasta por la cantidad de NOVENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTISÉIS BOLÍVARES CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS (Bs. 92.133.136,26) que es el doble de la cantidad demandada, y en caso de recaer sobre cantidades líquidas de dinero, el embargo será por la cantidad demandada de CUARENTA Y SEIS MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON TRECE CÉNTIMOS (Bs. 46.066.563,13).-
El tribunal en auto por separado fijará oportunidad para el traslado, previa solicitud de la parte demandante.....