Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del imputado JESUS ALBERTO SALAZAR, Venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en 03/09/72, de 32 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.415.435, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos VICTOR SALAZAR Y ROSA DE SALAZAR, residenciada en Tronconal III, Sector 1, Calle 4, Casa N° 6, Barcelona Estado Anzoátegui, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES , previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Líbrese oficio a la Jefatura de Alguacilazgo a fin de participar que la imputada de autos se presen.....