Respecto del auto de homologación, viene hacer la resolución Judicial que previa verificación de la capacidad de las partes para transigir, así como la disponibilidad de la materia para ello dota de ejecutoriedad al contrato en cuestión, esto es, la facultad de las partes de solicitar al órgano Jurisdiccional Competente para su cumplimiento. Desde esta doble perspectiva, emerge que los autos de Homologación son impugnables por la vía de apelación (...) siendo que tal recurso debe atender únicamente a la ilegalidad propia del acto de auto composición procesal, ergo, a la incapacidad de las partes que lo celebraron y/o la indisponibilidad de la materia transigida. Así mismo el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil mediante sentencia de fecha 21-01-2016 "Los actos que dan por consumados u homologados los actos unilaterales o bilaterales de auto composición procesal según el caso (desistimiento, convenimiento y transacción) tiene el carácter de sentencia Definitiva. En est.....