Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de los niños (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) hijos biológicos de los ciudadanos GABRIELA ANTONIA GRANADINO COVA y LUIS DANIEL SALAZAR YENDES, interpuesta por la ciudadana YRIS COVA DE GRANADINO, debidamente asistida por la Defensora Publica Tercera de Protección, Abg. MARTHA AGUILERA, y en consecuencia se decreta la Colocación Familiar Definitiva bajo la modalidad de Familia Extendida de los niños de marras, a ejecutarse en el hogar de la ciudadana YRIS COVA DE GRANADINO; a quien.....