este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Acumulación con esta causa BP12-L-2007-000297, con los siguientes asuntos: BP12-L-2007-000321 y BP12-L-2007-000375, de manera que actuarán como listisconsortes activos los ciudadanos RAFAEL JOSÉ RAMIREZ, ASDRUBAL GUEVARA y NELVIN DE JESÚS CAGUARIPANO AVILA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad números 8.287.667, 5.996.694 y 8.496.219, en contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES H.G., C.A., de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo concatenado con los artículos 77, 78, 79, 80 y 81 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Regístrese. Déjese constancia de la anterior.....