Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Juez Unipersonal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara RESPONSABLE, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE AUTOR, previsto en los artículos 458 y 80 en su segundo aparte del Código Penal en perjuicio de HILARIO RAFAEL ROJAS y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, y lo SANCIONA con la medida de LIBERTAD ASISTIDA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, todo de conformidad con los artículos 626, 622 y 583 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, en concordancia con el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la citada Ley Orgánica. Se decreta la Cesación de la medida caute.....