Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la Acción Mero Declarativa de existencia de Relación Concubinaria, intentada por la ciudadana NINOBIS DEL VALLE FERNANDEZ antes identificada en contra de las ciudadanas RAQUEL BORROME CALZADILLA y MARIA MAGDALENA BORROME CALZADILLA, arriba identificadas y herederos desconocidos del extinto FERMIN JOSE BORROME. SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos NINOBIS DEL VALLE FERNANDEZ y FERMIN JOSE BORROME, antes identificados, desde el mes de julio de 1.989 hasta el mes de mayo de 2007. TERCERO: De conformidad con lo previsto en el ordinal 2º del artículo 507 del Código Civil, se ordena la publicación de este fallo por una.....