Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Conforme al artículo 256, Ordinales 3, de Código Orgánico Procesal Penal, se DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor del ciudadano: LUIS ANGEL FLORES IBARRA, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.992.369, venezolano, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, donde nació el 07-02-1967, de 40 años de edad, soltero, de profesión u oficio: conductor, hijo de: Ángel Flores Rondon y de Aleidy Ibarra, residenciado en: Sector el Bicentenario, calle Santa Eduviges, Nº 05, Anaco, Estado Anzoátegui, en la comisión del delito de CAMBIO ILICITO DE PLACA DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 08 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente. Regís.....