En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, y visto el pedimento realizado por la citada joven y por cuanto no es contrario a las Leyes y a ninguna de las disposiciones legales, en consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; acuerda Autorizar a la joven adulta, ciudadana PATRICIA PILAR VELASQUEZ MANOSALVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.947.610, a retirar de la Cuenta de Ahorros Nº Nº 0175-0088-13-0061870762, del Banco Bicentenario la TOTALIDAD del monto por concepto de cuota parte y se encuentra depositado en la citada cuenta, a nombre de la joven adulta, ciudadana PATRICIA PILAR VELASQUEZ MANOSALVA, por haber cumplido su mayoría de edad, en fecha 18-04-2016; tal como consta en la copia certificada de la Partida de Nac.....