Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarada PERECIDO, el Recurso de Apelación presentado por por el ciudadano HUGO RAMON REYES MARCANO, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 88.072 y domiciliado en la ciudad de El Tigre, estado Anzoátegui, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DARIO JOSE VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.973.580 y domiciliado en la Calle Paz, N° 1-37, Urbanización Vista al Sol, San José de Guanipa, Estado Anzoátegui, contra La sentencia interlocutoria de fecha cuatro (04) de Julio del año 2006, dictada por el extinto Tribunal de Primero Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judi.....