en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud DIVORCIO de conformidad al Articulo 185 del código Civil en concordancia con la sentencia 693 de fecha 02/06/2015, emanada Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentado por los ciudadanos JOHN ALEXANDER LISBOA HERNANDEZ y NAZARET DAURYS HERNANDEZ CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad nros. V- 16.180.620 y V-18.519.608, respectivamente, domiciliados en la Avenida Jorge Rodríguez, calle Unión, casa Nº 82, Sector Sierra Maestra, de la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Sotillo, del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la abogada EBELIS MARIA BOADA, inscri.....