Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal TERCERO de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia 693 de fecha 02/06/2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por los ciudadanos ALEXANDER JOSE GALINDO CANA y YUSGLENDI JOSEFINA MONTANER PERDOMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-15.878.941 y V-17.972.167, respectivamente, debidamente asistidos la Defensora Publica Auxiliar Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, ABG. GABRIELA NATERA; en donde se encuentran involucrados el ado.....