Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3º del artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, NIEGA la admisión de la pretensión procesal de COBRO DE BOLIVARES, seguida por el procedimiento por intimación, incoada por la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES NACIONALES, C,A. (SEYCON), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 30 de octubre de 1985, bajo el número 18, Tomo 12-A de, siendo modificados sus estatutos según documento inscrito en el citado Registro Mercantil el 25 de marzo de 2011, bajo el Nº 46, Tomo 11-A, y domiciliada en Cantaura, Municipio Freites del Estado Anzoátegu.....