Seguidamente se hizo presente el ciudadano: NILO RAFAEL VASQUEZ MARTINEZ, quien es parte demandada, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ SALAZAR, con Inpreabogado bajo el Nª 34.085 y expone: "Vista la medida de embargo ejecutivo, recaída sobre los bienes propiedad de mi asistido y, en vista de que nos encontramos alejados de la ciudad y por lo tanto no existen instituciones bancarias, cercanas, ofrezco a la parte de mandante la cantidad de ochenta mil bolívares (Bs. 80.000,oo) en cheque del banco Banesco Banca Universal, Agencia El Tigre, perteneciente a la cuenta corriente Nª 0134-0197-791973007331, con número de cheque 43422713, perteneciente al demandado, lo cuales cubren la suma reclamada, honorarios profesionales, costas, gastos de ejecución y otros los cuales se especificarán por ante el Tribunal de la causa, en el cual se consignará el cheque de gerencia acordado por ambas partes, por la cantidad antes descrita, es todo". En éste estado interviene la Abogada .....