Como consecuencia de lo anteriormente señalado, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Incompetente para conocer el Recurso de Apelación en un juicio que por Cobro de Bolívares incoara el ciudadano Elio Simón Montañez Salazar contra la Sociedad Mercantil "Hotel Bar Restaurant las Lomas S.R.L.