Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor al ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ SEQUERA, portadora de la cédula de identidad No. V.- 11.908.736, venezolano, 32 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio técnico medio, telefono 0414-8150649, residenciado en CALLE SAN ANTONIO, SECTOR BRISAS DEL VALLE, CASA NO. 15, PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANZOATEGUI, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Policia del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ SEQUERA, portadora de la cédula de identidad No. V.- 11.908.736, venezolano, 32 año.....