este tribunal se sirva impartir la homologación a la presente transacción en los términos en que ha sido concebida, otorgándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se emita a cada una de las partes copias certificadas del presente acuerdo transaccional y del auto que lo homologue, dando por terminado el presente juicio y ordenando el archivo del expediente.
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la Transacción celebrada por las partes en litigio, identificados supra, en los términos en que fue suscrita, pasándola en sentencia con autoridad de cosa juzgada, así lo declara administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
: Ambas partes LOS DEMANDADOS y LOS DEMANDANTES, solicitamo.....