Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del penado CARLOS LUIS MONTERO, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.216.653, nacido en Onoto, Estado Anzoátegui, de 51 años de edad, residenciado en Tronconal IV, Vereda 25, casa s/n, Municipio Guanta, Estado Anzoátegui, El BENEFICIO DE CONFINAMIENTO en la siguiente dirección: Calle Guaicaipuro, Nº 06, Onoto, Estado Anzoátegui, donde deberá presentarse por ante la Prefectura del respectivo Municipio, en forma mensual hasta el día 30/05/2008, fecha ésta en que cumplirá su pena completa, con aumento de 1/4 parte del tiempo que le resta de la pena, conforme a lo establecido en los artículos 13, y 53 del Código Penal.
Déjese copia, notifíquese. Líbrese boleta de Excarcelación y remítas.....